viernes, 9 de mayo de 2008

RD 1/2008 por el que quedan fijados la fecha de finalización del Duelo Al Sol y la cuantía del premio al ganador

Naib_Stilgar, Gran Chuchango de las Españas y su rival y sin embargo amigo, Perixxi I de Baeza,

A todos los que la presente vieren y entendieren.
Sabed que los Dueños de este blog hemos aprobado y venimos en sancionar el siguiente Real Decreto.

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

Tanto el duelo como el premio resultante de él nacen sin mayor motivo que el de pasar el rato y ponerle algo de sentido al creciente número de partidas y chuchangas que tenían, tienen y tendrán lugar entre ambos dueños del blog. Este RD fijará de manera oficial la fecha de finalización del duelo, así como la cuantía exacta del premio final para el ganador y, si hubiese lugar a ello, cualquier otra cosa que se me ocurra mientras lo redacto. El ganador, además, será coronado como Campeón del Universo de Chuchangas y podrá añadir a su título el de Señor de las Chuchangas.


TÍTULO I - DE LOS DUELISTAS

Art. 1 .- Los únicos que podrán optar al premio serán los arriba figurantes, dueños y administradores de este blog. Ningún otro friki, sea o no natural de Almendralejo, y por supuesto ninguna novia, hermana (por muy buena que esté) o similar, podrán formar parte de los contendientes al premio final.

Art. 2.- Solamente los Dueños de este blog tienen competencias en materia de Sistema de juegos, elección de los juegos, sistema de puntuación, plazos y premio final. Esas competencias son intransferibles en todos los casos.


TÍTULO II - DE LOS JUEGOS Y EL SISTEMA DE JUEGOS

Art. 3 .- Sólo podrán ser válidos aquellos juegos en los que los únicos participantes sean los administradores del foro.

Art. 4.- No habrá diferenciación entre juegos de tablero u on-line.

Art. 5.- La validez o no de la partida para el ranking será decidida de común acuerdo entre ambos contendientes antes y solo antes del primer turno de aquélla. Si no se dijera nada al respecto, se entenderá que la partida es válida y puntuable para el ranking.


TÍTULO III - DEL SISTEMA DE PUNTUACIÓN

Art. 6.- De forma general, cada partida ganada contará como un punto en el ranking.

Art. 7.- lo indicado en el artículo 6 puede variar en algunos juegos, aspecto que decidirán los Dueños del blog en cualquier momento y de común acuerdo.

Art. 8.- El Sistema de puntuación podrá variar en cualquier momento, siempre basándose en criterios científicos o, en su defecto, en la lucidez que tengan ese día las neuronas (1 en cada caso), de los Dueños de este blog.


TÍTULO IV - DE LA FECHA DE FINALIZACIÓN DEL DUELO


Art. 9.- El duelo finalizará en la última partida, si la hubiera, que tenga lugar el 31 de enero de 2009 entre ambos duelistas.

Art. 10.- En cualquier momento y sin previo aviso, aunque de común acuerdo, los Dueños del blog podrán reunirse y fijar una fecha diferente a la señalada en el artículo anterior.

TÍTULO V - DEL PREMIO

Art. 11.- El premio queda fijado en 20€ (céntimo arriba, céntimo abajo, tampoco nos vamos a poner quisquillosos) que el perdedor deberá entregar al ganador y que éste, de manera obligatoria, deberá gastar en algún juego, preferiblemente para dos jugadores.

Art. 12.- Sin perjuicio de lo indicado en el artículo anterior, el ganador podrá añadir la cuantía que estime oportuna al premio para poder acceder a juegos más caros. No hay límite para esa cantidad salvo el que el buen juicio, el estado de su economía y el stock de las tiendas de juegos de mesa de internet, impongan al Vencedor del Duelo al Sol.



DISPOSICIONES ADICIONALES

Disposición adicional 1ª.- Nada de lo anteriormente expuesto es inamovible, sujeto como está a los desvaríos de las mentes débiles y enfermas de los Dueños del blog, que en cualquier momento de enajenación mental podrán modificar, eso sí, de común acuerdo, cualquiera de las chorradas dichas en el articulado anterior.

Disposición adicional 2ª.- este blog será el medio oficial para la publicación y comunicación de los resultados, cambios de leyes y otras pajas mentales que a los Dueños del susodicho blog pudieren ocurríseles, sin prejuicio de otros medios o de la posibilidad de darle la coña a cualquier incauto con los pormenores más frikis e intrascendentes del Duelo, preferiblemente nuestras novias o, siempre en defensa personal, al Miembro (con perdón) del Cuerpo de Conservadores de Museos D. Rafael Sabio cuando éste empiece a dar la brasa con la toponimia y su puta madre.

Disposición adicional 3ª.- Peri es un hijoputa. Así, con todas las letras.

El presente Decreto entrará en vigor, con carácter retroactivo, el día siguiente a su publicación en el BOD (Blog Oficial del Duelo)

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